Fecha: 14 de ene. 2006
Sección: Yacimientos Romanos
Información publicada por: A.M.Canto
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Corduba 11 As de la ya Colonia Patricia

Como se propone con detalle en el artículo de 1997 (http://www.ucm.es/BUCM/revistas/ghi/02130181/articulos/GERI9797110253A.PDF), el estatuto colonial romano debe ser, no "concedido", como se ha venido pensando, sino "impuesto" como un castigo a la infiel Corduba, por César y tras el 45 a.C., con una fórmula parecida a la que aparece en la ley de Urso/Osuna, que fue "iussu C(ai) Caesaris dict(atoris) ded(ucta)"), aunque su prematura muerte impidiera hacerlo efectivo por él mismo y quizá se incluyera también en la misma Lex Antonia que se cita en la citada lex Ursonensis.

Probablemente bajo Augusto, acompañada de nuevas asignaciones de veteranos y ahora con el carácter de capital de la Bética, debe de ser cuando la ciudad recibe el epíteto de "Patricia", que significaría a mi juicio su carácter de provincia "de los Patres", esto es, del Senado.

Todas las monedas imperiales de Córdoba llevan en el anverso la cabeza de Augusto y leyenda alusiva al permiso, y en el reverso el nombre más o menos abreviado y distintos motivos, de los que se verán dos ejemplos más a continuación. Pero éste es el que recoge su propio nombre completo, dentro de una corona.

En general, para el detalle de las amonedaciones cordobesas véase F. Chaves Tristán, La Córdoba hispano-romana y sus monedas, Sevilla, 1977, éstas en 91 ss., 109 ss., 163 ss.

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