Autor: F.
sábado, 21 de abril de 2007
Sección: Artículos generales
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La querella priscilianista. Aspectos políticos

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  1. #1 giannini 22 de abr. 2007

    Ningún desprecio F., ninguno. Pura reflexión sobre fuentes más o menos fiables. Creo que tengo derecho a creer o dejar de creer que lo que me cuentan es cierto, o que puede no ser tan cierto.

    Entiendo que no se puede poner en cuestión que hay fuentes más fiables que otras; que resulta mucho más probable que una escritura notarial, original -con su firma, rúbrica, signo, extendida en papel de oficio- nos cuente algo cierto, que lo que aparece en una copia, de una copia, de otra copia más (etc.) de otro tipo de documento que carece de las mismas formalidades o similares. Y ya ves que esta reflexión la repito con la Biblia, Herodoto, Hidacio, o la Crónica General de España. Es una cuestión previa que no tiene ningún tipo de connotación de tipo personal hacia ti, y menos de desprecio.

    Un buen amigo, que ahora está pasando por un bache, se encontró con una copia, de otra copia, de no sé cuantas copias más, contenida en un tumbillo de una Cofradía de Todos los Santos. Esa copia de no sé cuantas copias, está autentifcada por un notario. Según este documento, La Coruña no se fundaría en 1208, sino que habría que retrotraer esa fundación a 1180 -si no recuerdo mal. Es mi amigo, y lo aprecio un montón. Esto no es óbice para que le pueda decir a la cara que el documento huele a falso: en primer lugar porque uno de los confirmantes no encaja con la fecha del documento; y en segundo, porque Fernando II no puede decir algo así como que "de acuerdo con lo que os dio mi hijo el rey Alfonso IX", porque como tú sabes, Alfonso IX es hijo de Fernando II, y por lo tanto, el primero reinó después de haberlo hecho el segundo.

  2. #2 giannini 22 de abr. 2007

    F., lo único que quiero decir, es que en mi opinión, para dar mayor fiabilidad a una fuente insegura o única, hay que contrastar la información con otras (creo). Si no se dispone de esas fuentes de contraste, creo que no se debe profundizar, porque no se tiene la misma seguridad de que la información obtenida sea tan cierta como la que se obtiene con fuentes "seguras" (ojo que va con comillas), y se puede estar construyendo un castillo en el aire. Es sólo eso.

    En fin, tal vez todo se deba a que soy gallego y en cuanto a desconfianza, prototipo de gallego, así que no me hagas mucho caso. Yo sigo creyéndome en líneas generales la información que proporcionan las fuentes antiguas, tan bien estudiadas como Hidacio, al que no he leído directamente, pero sé que para el período que trabajas, en algunos casos, lamentablemente no hay muchos más hilos de los que tirar.

    Lo dejo ya, que estamos chafando el artículo con cuestiones accesorias y seguramente otros participantes podrán enriquecer tu artículo con comentarios sobre su contenido que a todos nos van a interesar.

  3. #3 A.M.Canto 23 de abr. 2007

    Lo siento, F., es para que no queden dudas:

    El I Concilio de Toledo (397-400 d.C.), como su nombre indica, se celebró in ecclesia Toleto. Copio el principio de sus actas, de la edición de J. Vives, 1963, pág. 19:

    "INCIPIT TOLETANUM CONCILIUM PRIMUM XVIIII EPISCOPORUM ACTUM. CONSTITUTIO CONCILII EPISCOPORUM TOLETO HABITA, HARCADII ET HONORII TEMPORIBUS SUB DIE SEPTIMO IDUUM SEPTEMBRIUM, STILICONE CONSULE, ERA CCCCXXXV.
    Convenientibus episcopis in ecclesia Toleto, id est, Patruinus, Marcellus, Afrodisius, Alacianus, Iucundus, Severus, Leonas, Hilarius, Olimpius, Florus [Orticius, Asturius, Lampius, Serenus], Leporius, Eusto(¿a?)tius, Aurelianus, Lampadius, Exsuperantius "de Gallecia, Lucensis conventus, municipius(¿m?) Celenis", actus est, omnes decem et novem. Isti sunt qui et in aliis gestis, adversus Priscilli sectatores et haeresem quam adstruxerat libellarem direxere sententiam...."


    Por lo tanto, lo que he puesto entre comillas y negritas es un simple inciso para indicar de dónde era el obispo Exsuperantius: "del municipio de Celenis, en el convento Lucense, en la Gallaecia".

    De donde resulta que la frase que da el Sr. Picallo, "Hic Conventus municipiis Celenis actus est", citado por El Brujo, con la reserva del caso (Ayer, a las 23:03) es directamente falsa. Se inventa el "hic", se come el "Lucensis", y el "actum est" (no actus) se refiere al concilium en Toledo".

    Si no lo he entendido mal, y sus frases parecen claras ("Parece ser que polo ano 400 da nosa era, na antiga Sé episcopal de Celenes (Caldas de Reis, próxima á vila de Cuntis), tívose que celebrar un concilio, presidido polo prelado de Braga, Paterno, para tentar poñer fin á difusión da corrente herética priscilianista por estes lugares (Hic Conventus municipiis Celenis actus est)"), me parece bastante insólito quererse llevar a Celenis el I Concilio de Toledo.

  4. #4 A.M.Canto 23 de abr. 2007

    F. (Ayer, a las 17:40), un detalle: Tanto Ortigio como Exuperancio firman al final del mismo, ambos como obispos, cap. XX: Ortigius episcopus subscripsit... Exsuperantius episcopus subscripsit.. Sobre las distintas fechas debatidas para el concilio (392, 397, 398, 400 y 401) y la opción más firme del 400, la preferida ya de antiguo, vea la nota 8 de este buen artículo de J. Vilella: http://www.ub.es/grat/grat17.htm (quien sigue la obra más reciente de G. Martínez - F. Rodríguez, La Colección Canónica Hispana, 4, Madrid, 1984, p. 326, por si puede consultarla ahí). Salu2.

  5. #5 Cossue 23 de abr. 2007

    Gracias por el artículo F. (que vaya sequía llevabamos). Si te digo que es muy bueno, no te voy a decir nada que tú no sepas, pero lo digo igual. Es muy bueno. Pero bueno, ya sabes... mis "peros". El primero es la afirmación que Prisciliano intentara situarse en Mérida, que para el momento debía ser el obispado más importante de la península. Y era un obispado que no estaba vacante. Lo que sabemos como seguro (y corrígeme si me equivoco, lo que es más que probable) es que Prisciliano y los suyos fueron agredidos en Mérida por una turba instigada por el obispo local. Podemos suponer los motivos de Prisciliano y evidenciarlos, pero no lo condenemos sin prueba, convirtiéndolo en un asaltador de iglesias.
    Segundo, bueno, el Priscilianismo en Galicia durante los siglos V y VI. Partamos de que estoy de acuerdo en que su importancia política fue reducida; pero para la iglesia católica siguió Es verdad que leyendo a Hidacio uno se queda un poco sorprendido. Por un lado dice que la Gallaecia fue inundada por los priscilianistas. Por otra, apenas los menciona. Pero es que de toda su actuación como inquisidor sólo sabemos de tuvo un moderado éxito con respecto a unos maniqueistas de Astorga. Sin embargo, cuando nos habla de la llegada de la carta del papa León a Toribio de Astorga, hacia el 447, se nos dice que algunos obispos de la provincia se congratularon falsamente por ella. O lo que es lo mismo, no tiene prueba para acusar de Priscilianismo, pero deja sembrada la duda. Por otra parte, esta misma carta del papa a Toribio, es una pormenorizada enmienda teológica de las creencias atribuidas (con o sin justicia) a los priscilianistas, y por la que se proponen medidas como el la quema de los escritos priscilianistas (de Prisciliano o de susu seguidores, como el Libra de Dictinio), o las pruebas alimentarias anti-priscilianistas (forzar a los sospechosos a consumir verduras guisadas con carne). Por otra parte, la regla de fé católica contra los pricilianistas que emergió probablemente del I concilio de Toledo, fue dirigida a los obispos de la Gallaecia por los obispos de las otras provincias de Hispania (o eso reza su encabezado). El priscilianismo vuelve a ser citado en la carta del papa Vigilio a Profuturo de Braga, del ~540; y, por suspuesto, en el primer concilio de Braga del año 561, que es casi un monográfico, en que la carta del papa León es puesta en forma de anatémas. Finalmente, vuelve a mencionarse el priscilianismo en el segundo concilio de Braga, pero ya tangencialmente. Doscientos años después de Prisciliano el priscilianismo empezaba a morir en la Gallaecia. Por supuesto, durante este periodo, es más que seguro que su poder debió menguar, sobre todo teniendo en cuenta la competencia del arrianismo de los suevos, y de los propios restos de paganismo, superviviente como culto aún durante el siglo VII. Por otra parte, no existió una iglesia priscilianista, sino priscilianistas dentro de la iglesia romana. Y esta iglesia romana de la Gallaecia aparece preocupada a menudo por si sus ritos, ceremonias y fechas han sido "contaminadas" por ideas o ceremonias pricilianistas (triple inmersión, fecha de pascua, comunión con leche y uvas...) En todo caso, y como puede verse, el pricilianismo es mencionado de un modo u otro en casi todas las fuentes que tenemos para el estudio de la Gallaecia del momento. Y eso ya no es poco (y creo que ni excesivo).

    Aconsejo, para los interesados, una visita a http://libro.uca.edu, donde podrán consultar "Paganism & Pagan survivals..." de Stephen McKenna; o las "obras completas" de San Martín de Dume, con su De Correctione Rusticorum, o su De Formula Vita Honesta dedicada al rey Miro, pero también con las actas de los concilios de Braga I y II, y con la carta del papa Vigilio. La carta del papa Leon también está disponible en internet, pero no recuerdo ya donde, así como las actas de los diversos concilios toledanos.

    Un cordial saludo.

  6. #6 El Brujo Redivivo 23 de abr. 2007

    Gracias, F. Va a acabar contagiándome el virus de la tardorromanidad. Lo que dice Vilela es parecido:

    "Además, atendiendo la petición de Toribio, León le encarga la realización -en el lugar de la Gallaecia que se considere oportuno- de un concilio general (generale concilium) al que, según indica León, deben asistir igualmente los obispos de la provincias vecinas para que, de este modo, pueda efectuarse una indagación exhaustiva acerca de si hay o no obispos priscilianistas y, en caso afirmativo, condenen esta herejía, estipulando asimismo el pontífice que dichos obispos han de ser separados de la
    comunión si se niegan a rechazar el priscilianismo139. Para ello, Toribio recibe cartas del pontífice dirigidas a los obispos de las provincias Tarraconensis, Carthaginiensis, Lusitania y Gallaecia, cartas que -según le indica León- debe hacer llegar a estos obispos (140).
    Al igual que Toribio, León era consciente de que el único modo factible de acabar con el priscilianismo era la celebración de un gran sínodo hispano -una especie de repetición del concilio de Toledo-. Sin embargo, a pesar de ser ésta la mejor solución posible, León sabía también perfectamente que, a mediados del siglo V, no era fácil que todos estos obispos hispanos se reunieran en territorio suevo.
    (...)
    No sorprende que, en su respuesta a Toribio, el mismo León contemple explícitamente la imposibilidad de celebrar un sínodo
    general y estipule que, en caso de no poderse realizar, tenga lugar un concilio provincial galaico (prouinciali conuentu), concilio, este último, que Toribio debe convocar junto con Idacio y Coeponio(142).
    No es posible saber con seguridad si se realizaron o no estos concilios (143)."



  7. #7 Cossue 24 de abr. 2007

    F., que me digas que enriquezco un caldo al que nada falta, ya es un buen piropo (me entran ganas de decir aquello del Señor Lobo en Pulp Fiction... ;-).

    Todavía no me he leído toda la discusión, por lo que tal vez repita lo ya dicho: Leí en alguna parte la propuesta de que la regula fidei catholica era probablemente posterior al I Concilio de Toledo. El hecho de aparecer juntas se debería a un error en el proceso de copia y transmisión.

  8. #8 Cossue 25 de abr. 2007

    F. , McKenna da otra versión (la de los priscilianistas) de los hechos de Mérida. No digo yo que prevalezca, en absoluto, sobre los de M. Victoria Escribano, pero es interesante ver que la interpretación de los hechos no es única:

    "Shortly after the Council of Saragossa some of the Priscillianist leaders went to Merida to effect a reconciliation with Bishop Hydatius of that city. According to their version of what followed, Hydatius not only refused to receive them but even permitted the people to maltreat them. Angered at this conduct, and encouraged by the support of their new members, Symposius, bishop of Astorga, and Hyginus, bishop of Cordova, the Priscillianists decided upon a bold move. Bishops Instantius and Salvian consecrated Priscillian bishop and placed him in charge of the see of Avila in the northeastern section of Lusitania." (cap. 3)

    El Brujo: efetivamente, parece que McKenna considera que las actas del I concilio de Toledo y la Regla de la Fe pertenencen a distintos momentos, siguiendo a Aldama (y no es que yo coma todos los días con este último, es que no conozco sus iniciales):

    "in the Hispana edition of the first council of Toledo there is mention of a rule of faith against all heresies and especially against Priscillianism which was composed by the bishops of Tarraconensis, Carthaginiensis, Lusitania and Baetica in obedience to the command of Pope Leo I and forwarded to Bishop Balconius of Galicia. It is therefore very probable that the Symbol and eighteen anathemas before mentioned, which in the Hispana edition are listed under the first council of Toledo were really drawn up at the meeting of the Spanish bishops in 447, Aldama believes that the attribution of the Symbol and anathemas of this council to the first council of Toledo was due to a mistake by the compiler of the Hispana" (cap. 3)

  9. #9 A.M.Canto 26 de abr. 2007

    He vuelto sobre el completo artículo que ya cité (23/04/2007 9:40:15) de J. Vilella, que puede ser muy importante para dilucidar esta cuestión, que parece que sí es citada por Hidacio, aunque de forma algo críptica. Transcribo lo más importante:
    p. 465:
    Pontificado de León Magno.
    [...]
    p. 470
    León encarga además a Toribio la celebración, en el lugar que se considere oportuno, de un concilio (episcopale concilium) en la Gallaecia (inter uos), al que también deben asistir obispos de las provincias vecinas (uicinarum prouinciarum conueniant sacerdotes), a fin de tratar las cuestiones expuestas por Toribio a León y de excomulgar a los obispos que no quisieran condenar el priscilianismo (nefandissimam sectam)96. Toribio recibe también, a través de Pervinco97, cartas de León dirigidas a los obispos de las provincias Tarraconensis, Carthaginensis, Lusitania y Gallaecia, cartas que Toribio debe hacer llegar a estos obispos para la realización del mencionado concilio (concilium synodi generalis)98. En caso de no poderse realizar este concilio general (generale concilium), Toribio es comisionado por León para la reunión, por lo menos, de un concilio galaico (prouinciali conuentu) que debe convocar conjuntamente con Hidacio y Coeponio99.

    Según las actas del concilio I de Braga, Toribio es el comisionado (notarium) que transmite los escritos de León Magno (scripta sua) contra los priscilianistas al concilio de la Gallaecia100, concilio al que podría aludir el Chronicon de Hidacio cuando indica que, en el año 447, el documento (disputatio) de León fue aprobado hipócritamente (subdolo probatur arbitrio) por algunos galaicos101.

    96 León I, Ep., 15, 17, 6, Vollmann, p. 136-137,1. 355-362.
    97 Hidacio, Chron., a. 447, 135, SCh 218, p. 140. Parecen corresponder a las cartas mencionadas por el propio León los escritos (scripta) contra los priscilianistas que, según Hidacio, envía León a los obispos hispanos a través de Pervinco. Ver n. 98. 98 León I, Ep., 15, 17, 11-12, Vollmann, p. 137-138, 1. 378-382; Hidacio, Chron., a. 447, 135, SCh 218, p. 140. CF. Conc. Brac. I (561), Barlow, p. 106, 1. 14-21.
    99 León I, Ep., 15, 17, 13, Vollmann, p. 138. Parece que no tuvo lugar, en Galicia, la celebración de un concilio interprovincial y sí, en cambio, la realización de dos concilios, uno exclusivamente galaico y otro al que asisten obispos no galaicos –con inclusión de obispos de la Bética, provincia no mencionada en la carta de León -: Conc. Brac. I (561), Barlow, p. 106, 1. 9-21. Ver n. 11, 100 y l0l.
    100 Conc. Brac. I (561), ibid., p. 106, 1. 11-14.
    101 Hidacio, Chron., a. 447, 135, SCh 218, p. 140.

    Fuente: J. VILELLA, «La correspondencia entre los obispos hispanos y el papado durante el siglo V», Studia Ephemeridis Augustinianum 46 (1994), pp. 457-480, consultable en: http://www.ub.es/grat/grat17.htm

    Por otro lado, he ido a ver lo que pone el I Concilio Bracarense, y parece comprobarse, pero sin indicar el sitio:

    [...]Credo autem vestrae beatitudinis fraternitatem nosse quia, eo tempore quo in his regionibus nefandissima Priscillianae sectae venena serpebant, beatissimus papa urbis Romae Leo, qui quadragesimus fere exstitit apostoli Petri successor, per Turibium notarium sedis suae ad synodum Galliciae contra impiam Priscilliani sectam scripta sua direxit. Cuius etiam praecepta Tarraconenses et Carthaginienses episcopi, Lusitani quoque et Baetici, facto inter se concilio, regulam fidei contra Priscillianam haeresem cum aliquibus capitulis conscribentes ad Balconium, tunc huius Bracarensis ecclesiae praesulem direxerunt. Unde quia et ipsum praescriptae fidei exemplar cum suis capitulis prae manibus hic habemus, pro instructione ignorantium, si vestrae placet reverentiae, recitetur.

    http://www.fh-augsburg.de/~%20harsch/Chronologia/Lspost06/MartinusBraga/mar_con1.html
    Saludos.

  10. #10 delcampo 06 de mayo de 2007

    Estoy con F.. el Priscilianismo no se circunscribe a la Galicia actual (porque no sé qué se entendía por Gallaecia en la tardorromanidad y con los suevos-visigodos), ni los Concilios Toledanos de los siglos VI, VII y VIII hablan de cristianizar exclusivamente esta zona. De hecho, a la vista de lo que se conoce de la cristianización de los lugares paganos de culto, parece que una gran parte de la Hispania rural estaba por cristianizar. Y cada una de ella se cristianizó a su manera y asu rtimo. Te puedo asegurar que hay zonas en la meseta sur con un índice de paganización muy notable antes de la llegada de los musulmanes, y si cierras los ojos, no los diferenciarias de los gallegos o de la zona occidental en general.

    El yacimiento de Cuenca que estoy estudiando en estos momentos, es el área religiosa pagana más extensa de esta península, y evidentemente que, tal y como decían los concilios toledanos, el culto a las piedras, a las aguas y demás debía de ser muy importante.




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