Autor: Rexhispaniae
jueves, 12 de abril de 2007
Sección: Artículos básicos para iniciarse
Información publicada por: Rexhispaniae
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¿Cúando nace España como estado?

Que conste que no me refiero a lo que conocemos hoy en día como estado moderno. Hablo de Hispania como estado en época antigua, pero como conjunto territorial unitario y centralizado.

¿Podemos considerar el primer estado hispano al Reino Visigodo de Toledo?
Creo que sí, por las siguientes razones. Una es que no debemos entender ese estado como lo conocemos hoy en día. Para hablar de un estado en época más antigua debemos de tener tres preceptos:
a)Una población que viva sobre ese solar
b)Una patria a la que proteger del enemigo exterior
c)Unos organismos administrativos y burocráticos que controlen el territorio.

Estos tres principios se cumplen frente al mosaico de reinos que surgen tras la caída del reino godo de Toledo. Además se me permite recordar que los godos en sí, cuando llegaron aquí o mejor dicho su monarquía no era como la de los francos, que una vez que fallecía el rey, el territorio se dividía en función de los hijos que éste tuviera, por contra los godos no tenían ese concepto patrimonial del reino, ya que éste era el territorio de todo el pueblo. Eso si aunque los reyes tuvieran sus propias posesiones, pero eso era perteneciente a su patrimonio personal.

Creo que este es un bonito debate a discutir. Saludos y gracias.

Rexhispaniae


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Comentarios

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  1. #1 Cossue 27 de abr. 2007

    Amerginh: Cierto, eso parece lo más lógico. Sin embargo, esa antroponimia de la que hablé se corresponde con la documentación gallega del 780-1100, aproximadamente. En ninguna parte de ella se separa a la población por su orígen suevo/romano/galáico, y además es común que un padre de nombres greco-latinos tenga hijos con nombres germánicos, y viceversa. Y ya avanzado en el periodo vemos siervos musulmanes con nombre doble (uno germánico o latino, y el otro árabe o bereber). Por otra parte, nos encontramos con decenas de miles de personas mencionadas que pertenecen a todos los estamentos: alta nobleza (de la emparentada con los reyes), media nobleza, pequeños propietarios libres (que hacen una buena parte de las menciones) y siervos (homines de). Muchas veces son mencionados no por sus personas sino por sus propiedades o viviendas, que delatan una amplísima "clase media" que se irá convirtiendo poco a poco en colonos o foristas a manos de la iglesia y/o de los nobles... Y en todos los estamentos la antroponimia está profundamente germanizadas; de hecho, tal vez lo esté menos entre la gran nobleza, muy influida y emparentada con la nobleza vasca o castellana.

    Me estoy liando... El dato es que para el siglo IX los gallegos de cualquier clase social usan mayoritariamente nombres germánicos. Y los nombres germánicos en circulación debían ser unos 2000 (llevo unos 1500 registrados en la documentación y/o evidenciados por la toponimia gallego-portuguesa). Como los suevos nunca debieron ser más de unos 50.000 (contando crecimiento demografico), se me ocurre que la extensión de esta antroponimia tiene antes motivos culturales que genéticos; pero así mismo, la riqueza de la antroponimia, sugiere un contacto estrecho entre los elementos suevos y galaico-romanos de la sociedad, hasta su plena fusión a lo largo del siglo VIII. Otro dato que apunta, creo, en la misma dirección son las ordenanzas de Diego Xelmirez para la tierra de Santiago, del año ~1100, por las que se ordena que se celebren reuniones de hombres libres con caracter judicial o prejudicial, "como hacían los antepasados". Puesto que estas reuniones no son propias del derecho romano (pero corregidme si no es así), y no sabemos que entre los galaico-romanos pervivieran instituciones pre-latinas, es razonable ver aquí una costumbre germana, la de los parlamentos. Y, por supuesto, los 6000 topónimos basados sobre antropónimos germánicos del noroeste también señalan hacia una densa red de contacto.

    Por otra parte, esta situción de abierta convivencia entre elementos germánicos y "romanos" parece más bien elemento común en toda la península, al menos en el medio urbano. En las ya referidas pizarras de Diego Alvarez (Ávila), y datadas a lo largo del reino visigodo, yo diría que se da una buena mezcla de godos y romanos, si atendemos a su nombre. Sin embargo, entre los mártires de Córdoba del 850, aún evidenciándose la convivencia entre germanos y "romanos" como miembros de la comunidad cristiana, los nombres germanos representan "solo" un 25%, lo que me lleva a pensar en que la fusión aún no era efectiva

    Una penúltima cosa es que la nobleza entiendo que era una nobleza mixta, germánico-romana-hispana, aunque muy probablemente muy germanizada, por cuestiones de pretigio.

    Finalmente, todo lo dicho es de mi cosecha, así que, por ejemplo, es bien posible que en cuestiones de derecho me esté colando. Quiero decir, que nadie lo tome como LA verdad, pero sí como elementos de jucicio bastante meditados ( y MUY resumidos).

    Saludos.

  2. #2 Cossue 27 de abr. 2007

    Esto que sigue sería una de las pizarras de Diego Alvaro, y es una venta de terrenos entre propietarios. El empleo del "Domno" me hace pensar en propietarios de cierta importancia, entre los que encontramos nombres germanos y greco-latinos. Hay otras con más o menos nombres de uno u otro origen (de la Base de Datos Epigráfica Klauss Slaby):

    Belegstelle: PizV 00040 = HEp-03, 00031 = HEp-10, 00013
    Provinz: Hispania citerior Ort: Diego Alvaro
    "Domno e sovrino meo De/siderio Gregorios vinditor quoniam / hoc inter nobis placuit adq(ue) convenit ut / ego tibi vindere et vindo portione / de terra ipsa in posession[e 3 reg]ias [3] / te [3]dus [3] quanq(ue) [3 a]derato e[t defe]/nito pretiu (u)ot inter nob[i]s bone pacis conve[nit] / id est auri solido nmer[o 3] relicuas qua P te[3] / pro cos tu intor dedist[i et ego v]inditor de te accepi [3]/no ad integrum ad e[3]sti niilq(ue) / penitus de ipso p[retio 3] / [pol]licemur qu[3] / in tuo iure [3] / [3]ferat ad eu[m(?) 3] / [3]q(ue) in p[3] / vel [3] / [3]tris [3] / [3]e[ // Profes(s)io de ser[vitute] / ego Unigild(us?) de locum Langa / Tomanca dum venisse ad loc[um 3] / tum lirigiare ad domo Froilani ego ad/duxsi teste ipse Froila fraude ad do/mo Desideri dum istare in dom(o) Desideri / fu(i)t veniens Froila et dix(it) mii leva levita et vadam(us) ad domo Busani et Fasteni [3] / sucisit fuim(us) ad domo Busani [3] unam ra[3] / [3] pro Froilane et dixsit(!) novis vadam(us) / ad fragis ad vinias p[o]stas et pono te ibi in fragis et le/vavi de domo Desideri p[3]rales duos dolabra una / [3]o quanto laspare una [3]no [1]a[3]l[ // Signi Gand{a}ari t(estis?) / [3]L[3] Vararicus rogitus a sup[ra scri]p[to] in (h)anc cartula(m) condicio{n}/nis testis / Marius rogitus a sup[ra] scripto (h)an(c) cartula(m) con{d}/dic{t}ionis iscrip[si] die et anno (u)o(d) supra / [3]no "

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