Autor: alevin
sábado, 16 de diciembre de 2006
Sección: Artículos generales
Información publicada por: alevin


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Enclaves interprovinciales

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Después de las diversas divisiones provinciales de nuestro país aún existen territorios que , por motivos históricos conocidos en algún caso y desconocidos en la mayoría, están dentro de otra provincia limítrofe diferente a aquella a la que pertenece. Hace unos diez años leí sobre este tema y , a parte de sorprenderme, me llamó la atención de que en una España moderna aún ocurrieran cosas así, pero no solo eso, sino que dentro de las autonomías actuales no hayan reivindicaciones al respecto de terrenos , muchos de ellos baldíos e inhabitados..


Según el Decreto de 1833, en su articulo 3º,”Si un pueblo situado en la extremidad de una provincia tiene parte de su termino dentro de la provincia contigua ,este territorio pertenecerá a aquella en que este situado el pueblo”. Con esto se trataba de fijar los límites de cada provincia respetando las lindes municipales.

En España existen hasta 26 territorios de este tipo, de tamaños bastante variable, muchos de ellos con poblaciones incluidas dentro de sus limites aunque , dado el carácter rural de los mismos, han ido perdiendo habitantes continuamente. La perdida del expediente relativo a la división de 1833 impide explicar la razón de ser de algunos de ellos, no obstante la mayoría obedecen a que al fijar los límites de cada provincia, respetando los de los municipios periféricos, fue de aplicación el mencionado articulo 3º. Es el caso de unos actuales 15 enclaves . Los 11 restantes, constituidos por uno o más municipios, responden a razones supuestamente históricas que constarían en el expediente perdido.

Estos enclaves son:


Rincón de Ademúz:


Extensión 370,48 km2, 3.021 hab. .Es el segundo más poblado de todos. Pertenece a la provincia de Valencia y se encuentra en las de Teruel y Cuenca. Consta de 7 municipios y 17 entidades de población. Regado por el Túria y afluentes, posee gran unidad geográfica. No se habla valenciano. Data de los tiempos en que Jaime I reconquistó definitivamente este territorio y más tarde lo incorporó al Reino de Valencia

Anchuras de los Montes:

Ext. 231 Km2, y 462 hab. . De Ciudad real en Toledo. Forma un municipio con 5 entidades. Fue un agregado posteriormente a 1833 para ampliar la zona de montes de la recién creada provincia de Ciudad Real.



Condado de Treviño:

Ext. 221 Km2,, 1.196 hab. Pertenece a Burgos y esta situado en Álava Se compone de dos municipios y de 49 entidades. No se habla vascuence.. Siempre fue enclave castellano.

Roales-Quintanilla del Molar:

Ext. 37,24 km2 y 393 hab .Pertenece a Valladolid y esta en León y Zamora. Dos municipios con dos localidades. Debido a la mala cartografía de la época estas localidades no figuraban en el mapa base para la división de 1833, pero se decidió incorporarlas a Valladolid ya que dependían del partido de Villalón, perteneciente a esta provincia.


Orduña:

Ext. 33,60 Km2 y 4.194 hab. Pertenece a Vizcaya y esta en Álava .Un municipio y cuatro entidades. Su enclave en Álava viene del tiempo de los Reyes Católicos en que por ciertas desavenencias los habitantes de Llódio, al norte de Orduña, pidieron su incorporación a la Hermandad de Álava, con lo cual Orduña quedo separada de Vizcaya. Hay que señalar además que Orduña posee un sub-enclave en la provincia de Burgos, La Cerca de Villano, en las afueras de la aldea de Villano(Valle de Losa), concedida por Carlos I a cambio de la demolición del castillo de la población.


Petilla de Aragón:

Ext. 21,64 Km2 y 44 hab. De Navarra en Zaragoza . Cabeza de municipio. Fue garantía de un préstamo concedido en 1209 por Sancho el Fuerte de Navarra a Pedro II de Aragón. Al no ser cancelado el préstamo, el territorio quedó para Navarra.

Villaverde de Trucios:

Ext. 20 Km2 y 426 hab.. De Cantabria en Vizcaya. Forma municipio. No se habla vascuence .Es reliquia de derechos señoriales.

Berzosilla:

Ext. 19,61 Km2 y 84 hab. De Palencia en Cantabria Un municipio con 4 entidades. Las dificultades orográficas hacían difícil a sus habitantes la utilización de los servicios en Cantabria, por ello quedaron adscritos a Palencia

La Cepeda:

Ext. 14 Km2 y sin población estable. De Madrid en Segovia y Avila.Es una explotación ganadera.

Llivia:

Ext. 12,84 Km2y 901 hab. De Gerona en Francia. Municipio con dos localidades. Al firmarse la Paz de los Pirineos (1659) se acordó la incorporación a Francia de 33 pueblos de la Cerdaña, pero Llívia era “villa”, no “pueblo”. Goza de un pasillo de acceso con España.


San Lorenzo:

Ext. 10,95 Km2 y despoblado. De Valladolid en León

Villodrigo:

Ext. 9,08 Km2 y 156 hab. De Palencia en Burgos. Una localidad municipio.

Bastanes:

Ext. 6,62 Km2.De Navarra en Zaragoza. Sin población estable, depende del mencionado Petilla de Aragón.. Pertenece a Navarra por la misma razón mencionada para Petilla de Aragón.

El Villar:

Ext. 5,96 Km2 y 788 hab. De Córdoba en Sevilla.. Proviene del privilegio de pastos que se concedió a Fuente Palmera(Córdoba) durante la Repoblación de Sierra Morena, en tiempos de Carlos III-

Lastrilla:

Ext. 4,95 Km2 y 9 hab.. De Palencia en Cantabria. También por motivos de comodidad orográfica quedo adscrito a Palencia

Valielles:

Ext. 3,31 Km2. De Gerona en Barcelona. Sin población estable.


Ternero:

Ext. 2,27 Km2. De Burgos en La Rioja. Explotación agraria

Cesura:

Ext. 1,69 Km2 y 6 hab. De Palencia en Cantabria. Por motivos de comodidad orográfica, quedo adscrito a Palencia


Los Barrancos

Ext. 1,26 Km2. De Guadalajara en Madrid. Despoblado.

La Rebolleda:

Ext. 1,21 Km2 y 18 hab. De Burgos en Palencia.

Aguanares:

Ext. 1,16 Km2. De Palencia en Burgos. Despoblado

Malagarriga:

Ext. 1,05 Km2. De Lérida en Barcelona. Lo habitaba una familia en la época.

Sajuela:

Ext. 90 Ha. De Burgos en La Rioja. Despoblado

Can Vies:

Ext. 35 Ha. De Tarragona en Barcelona. Lo habitaban cuatro familias.

Sant Pere de Graudescales:

Ext. 236 m2. De Barcelona en Lérida. Despoblado

Vuelvo a repetir que los datos que he manejado son de hace 10 años, con lo que las cifras demográficas seguro que han tenido variación, no así los enclaves propiamente dichos, pues no he encontrado noticia de que ninguno haya dejado de serlo integrándose plenamente en la provincia en la que físicamente se encuentra. Únicamente recuerdo hace unos años un movimiento vecinal en Treviño solicitando la incorporación definitiva a Álava, más que nada por la proximidad de Vitoria y sus servicios en contraposición a Burgos. Espero que si este articulo merece la atención de algún estudioso del tema, me informe de nuevos datos para ponerlo al día.

Paz y bien

Bibliografía.- Enclaves interprovinciales en España- Ramón Carnicér






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Comentarios

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  1. #1 Cogorzota 18 de dic. 2006

    Esto es de hace un año, pero es la mar de interesante:

    14-12-2005


    Seis estatutos incluyen posibilidad cambiar límites territoriales


    Los estatutos de autonomía vigentes en seis comunidades autónomas incluyen referencias a posibles cambios en sus límites territoriales, que van desde la fusión de dos autonomías a la incorporación de 'enclaves' o la inclusión de municipios limítrofes como recoge el Estatuto de Aragón.

    El proyecto del BNG de nuevo estatuto de autonomía para Galicia propone que puedan incorporarse a esa comunidad 'aquellos municipios limítrofes de características históricas, culturales, económicas y geográficas análogas mediante procedimientos democráticos regulados por ley'.

    Esa propuesta ha causado una fuerte polémica, en especial en las comunidades vecinas de Asturias y Castilla y León.

    La mayor parte de las referencias que se hacen en otros estatutos a la ampliación de los límites geográficos de cada comunidad tienen que ver con la incorporación de 'enclaves' -territorios dependientes de una comunidad insertados en el territorio de otra-.

    Pero no son las únicas. El Estatuto de Autonomía de Aragón, vigente desde 1982, señala en su artículo 10 que 'podrán incorporarse a la Comunidad Autónoma de Aragón otros territorios o Municipios limítrofes o enclavados' y establece tres requisitos 'sin perjuicio de otros que puedan legalmente exigirse'.

    Las condiciones son que lo solicite el municipio en cuestión, que se oiga a la comunidad de origen, que lo aprueben los habitantes en referéndum y que lo acepten las Cortes de Aragón y, posteriormente, las del Estado mediante Ley Orgánica. Este artículo nunca ha sido invocado, según dijeron a Efe fuentes de las Cortes de Aragón.

    El caso más conocido de puerta abierta a cambios territoriales está en la propia Constitución, que regula en su disposición transitoria cuarta las condiciones de una posible incorporación de Navarra a la Comunidad Autónoma del País Vasco.

    El gobierno navarro (UPN) ha reclamado insistentemente la eliminación de esa disposición, a la que se hace referencia en el propio Amejoramiento del Fuero (el estatuto navarro). El PP ha asumido esa eliminación como exigencia en una posible reforma constitucional.

    El Estatuto de Gernika hace referencia a este asunto en su artículo 2 al señalar que 'Alava, Guipúzcoa y Vizcaya, así como Navarra, tienen derecho a formar parte de la Comunidad Autónoma del País Vasco', en el caso de esta última si lo decide conforme a lo que establece la Constitución.

    El estatuto vasco menciona otros posibles cambios de límites como la posibilidad de que se incorporen a ella territorios de otras comunidades enclavados en Euskadi para lo que establece u proceso igual al que recoge el estatuto aragonés.

    En el País Vasco existen dos enclaves: el Condado de Treviño, un municipio burgalés de unos 1.500 habitantes que constituye una 'isla' dentro de Alava, y Valle de Villaverde (antes Villaverde de Trucíos), un enclave cántabro en medio del territorio vizcaíno con 380 habitantes.

    En el caso aragonés el municipios enclavado al que se refiere el estatuto es Petilla de Aragón (34 habitantes) administrativamente dependiente de Navarra.

    Una previsión casi idéntica sobre municipios enclavados se recoge en el estatuto de La Rioja que tiene en su territorio dos pequeños enclaves (Sajuela y El Ternero), que tienen la consideración administrativa de barrios de la vecina ciudad burgalesa de Miranda de Ebro.

    En el caso andaluz el estatuto prevé que 'la ampliación de la Comunidad Autónoma a territorios históricos no integrados en otra Comunidad Autónoma se resolverá por las Cortes Generales, previo acuerdo de las partes interesadas y sin que ello suponga reforma del presente Estatuto, una vez que dichos territorios hayan vuelto a la soberanía española', en clara referencia a Gibraltar.

    Otro caso llamativo era el que, hasta su última reforma en 1998, figuraba en el Estatuto de Autonomía de Cantabria cuyo artículo 58 regulaba la posible incorporación de la comunidad a otra 'a la que le unan lazos históricos y culturales'.

    Se trataba de una vía a la posible integración de Cantabria en Castilla y León, de la que formaba parte antes de la instauración del Estado de las Autonomías, si bien con los nombres de provincia de Santander y región de Castilla La Vieja.

    El Estatuto castellano-leonés incluye en sus disposiciones transitorias las normas que se deben seguir tanto para aceptar la incorporación de otra provincia como para que un territorio de Castilla y León enclavado en otra comunidad pase a pertenecer a la segunda.



    Terra Actualidad - EFE

  2. #2 arandio 18 de dic. 2006

    desconocco la historia de treviño pero decir que no se habla vasco y que siempre pertenecio a castilla es manipular:
    -desde el 1200 d.c.todo alava ,vizcaya y guipuzcoa pertenecieron a castilla.
    -en buena parte de la actual comunidad autonoma vasca el euskera se había perdido desde hace siglos.
    -Treviño es de entre las zonas de euskal herria en las que se perdió el euskera una de las que más toponimia euskerica tiene lo cual es una evidencia de lo presente que estuvo en esa zona el eukera.
    -El que un territorio se quedara fuera de las provincias exentas(alava,vizcaya,guipuzcoa) no quiere decir que sea más o menos castellana o más o menos vasca(cosas que en su origen no son tan diferentes) : San Vicente de la Sonsierra y Laguardia quisieron ser restituidos a Navarra de la que habían sido arrevatados poco antes de la conquista definitiva en 1521; San Vicente por no querer dejar de ser Navarra y no querer llegar a un trato se quedo fuera de la provincia exenta de alava(es decir se quedo sin privilegios en castilla) y la tierra de Laguardia que tragó por lo menos se quedó en alava( en castilla con privilegios,cosa que durante muchos siglos significó mucho dinero).

  3. #3 Sotero21 18 de dic. 2006

    (sigo)

    que ofrece Vitoria (distante unos 15 kilómetros de Treviño). El euskera se debió conservar al menos hasta el siglo XVI, en la parte Norte del Condado. También hay muchos treviñeses que defienden su castellanidad, apelando a la Historia, pero dado que hoy el condado se está convirtiendo en un barrio residencial de Vitoria y que sus hijos nacen en Vitoria no sería raro que de aquí a unos años esta anomalía histórica sea corregida, aunque resistencias no faltarán. Los alaveses estaremos encantados de que el corazón geográfico de Álava no sea un estúpido hueco en el mapa.

    Son varias las peticiones de incorporación de Treviño al territorio de Álava a lo largo de la historia. En 1646: Al igual que sucede con Oñate a Guipúzcoa o las Encartaciones a Vizcaya, una representación treviñesa solicitó la incorporación del territorio ante las Juntas Generales de Álava.
    en 1917-1919: La Cámara de Comercio e Industria de Álava solicitó a la comisión extra parlamentaria vasca que se incluyera el Condado de Treviño en el Estatuto Vasco. En mayo de 1936 el Ayuntamiento de La Puebla de Arganzón solicitó a la Diputación de Álava que apoye las gestiones para la incorporación. El 20 y 22 de Junio de 1940 los dos ayuntamientos del Condado piden iniciar el expediente de agregación del Condado a Álava. 1958: El Concordato de ese año trata de hacer coincidir las administraciones civil y religiosa. El 26 de Enero de 1980 el Ayuntamiento de Treviño aprobó una moción en la que se solicita la incorporación del Condado al territorio de Álava y a la Comunidad Autónoma del País Vasco. En mayo la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Territorial de Burgos desestimó el recurso.


    Un saludo

  4. #4 arandio 19 de dic. 2006

    Alevin creo que no me has entendido o me he expresado mal.Claro que el euskera no se perdió en todo el territorio pero de la mayor parte de alava sí.La rioja alavesa es la sonsierra de navarra.

  5. #5 alevin 19 de dic. 2006

    Cogorzota, con Petilla perdeis la cuna de ramón y Cajal, que nunca renunció a su aragonesismo. Es la prueba de que a veces las fronteras no van con el corazón.

    Arandi, siento no haberte interpreatdo correctamente, pero me base en la frase tuya:"en buena parte de la actual comunidad autonoma vasca el euskera se había perdido desde hace siglos".

    Egi-baltza. Referente a Orduña creo explico su situación en el artículo. A Olivenza dejala donde esta, ya que, tras su toma durante la Guerra de las naranjas, Portugal nunca quiso intercambiarla por los 65.000Km2 de los llamados "Siete Pueblos de las Misiones Orientales" en Uruguay que se habían quedado a cambio ocupandolos militarmente durante la mencionada guerra, aunque la mayoria(creo que practicamente todo) el territorio debía ser selva al gobierno portugues no le pareció negoció cambiar esos miles de Nm2 por los 400 km2 de la zona de Olivenza, eso sí, reclamando esta última y callando lo anterior.

    Sotero, creo que lo de Vitoria y Treviño debe de estar cantado,.....lo que no sé es como entonaran los coros.

    Gracias por vuestro comentarios tan interesantes

    Paz y bien

  6. #6 Sotero21 19 de dic. 2006

    Alevin

    Procede en esta relación nombrar el enclave de España en Francia, Llivia, que quedó al otro lado de la muga, en una burbuja, por el tratado de los Pirineos en 1659, por ser villa en vez de pueblo según privilegio de Carlos V. Este tratado fue firmado en la Isla de los Faisanes, un islote en medio de la desembocadura del río Bidasoa, actualmente el condominio más pequeño del mundo (2000 m2), administrado alternativamente por España y Francia durante seis meses al año.

    También resultan interesantes los problemas de fronteras administrativas entre provincias. Entre los ayuntamientos de Otxandio (Ochandiano) en Vizcaya y Aramaio (Aramayona) en Álava, existe un terreno llamado El Limitado de 556 ha.que está en disputa sobre su jurisdicción desde el siglo XIII o XIV, ni se sabe.

    Este curioso conflicto llegó al Ararteko (Defensor del Pueblo) impulsado por un vecino. El Ararteko emitió un informe del que expongo aquí la parte histórica

    CONFLICTO TERRITORIAL DE EL LIMITADO: MEDIACIÓN
    DEL ARARTEKO ENTRE LOS AYUNTAMIENTOS DE
    ARAMAIO Y OTXANDIO, Y ENTRE LAS DIPUTACIONES
    FORALES DE ÁLAVA Y BIZKAIA
    Con motivo de una queja presentada por un propietario de terrenos situado en El
    Limitado, se planteó ante el Ararteko el histórico conflicto que afecta a este territorio.
    El Limitado es un paraje de 565 hectáreas de superficie, cuya jurisdicción, desde el
    siglo XIII o XIV, se la han venido disputando los municipios de Aramaio (Álava) y Otxandio
    (Bizkaia).
    Esta franja de territorio está situada entre la villa de Otxandio y el núcleo rural de
    Olaeta (Álava), extendiéndose por el sur hasta los montes que limitan con la cola del
    pantano de Urrúnaga, y por el norte hasta el límite con el municipio de Abadiño, junto
    a la carretera que conduce al puerto de Urkiola.
    El primer intento de solución de este centerario conflicto hay que situarlo en la
    escritura de cesión o concordia que el 2 de junio del año 1457 la condesa de Aramaiona,
    doña Elvira de Leira, en nombre de su hijo, firmó con el Concejo de la villa de Otxandio,
    presidido por Juan Pascual de Otxandio:
    “...en el dho nombre del dho Juan Alfonso otorgamos e conoscemos que desde
    agora en adelante para siempre jamás, damos e entregamos perpetuamente
    al Concejo de la villa de Ochandiano e a los vecinos e personas singulares
    del uso e fruto e aprovechamiento de todas o cualquier tierra o tierras e terrenos
    e frutos e frutales que llevan fruto y llevan e aguas corrientes e estantes e
    yerbas e pastos de herbajos e bellotas de robres e lio de hayas e de otro cualquier
    arbol de cualquier natura en estos linderos”.
    Esta escritura de concordia fue ratificada a su regreso unos años después, el 20 de
    junio de 1470, por el señor de Aramaiona, don Juan Alfonso de Múgica y Butrón, hijo
    de doña Elvira de Leira.
    En virtud de este pacto, el señor de Aramaiona reconocía a favor de los vecinos de
    la villa de Otxandio el derecho, entre otros, a pastar el ganado y cortar leña para sus
    hogares y ferrerías en los montes contiguos a la villa, que en tal escritura quedaban
    perfectamente delimitados, de ahí su nombre de El Limitado.
    A lo largo de los siglos XVI y XVII fueron numerosos los litigios que enfrentaron a
    Aramaio y Otxandio, en los que ambas partes reivindicaban para sí la jurisdicción sobre
    El Limitado, produciéndose diversos pronunciamientos judiciales de la Chancillería de
    Valladolid y, también, del Juez Mayor de Bizkaia. En estos procesos judiciales se planteaban
    cuestiones muy concretas, de las que hoy en día, lejos del contexto de la época
    en que acaecieron, resulta muy difícil extraer conclusiones definitivas para determinar
    la actual adscripción territorial de El Limitado.
    Al hilo de la ejecución de una de estas sentencias judiciales se instauró en el año
    1754 la costumbre de que la Corporación de Otxandio, acompañada de los vecinos de
    la villa, llevara a cabo todos los años una visita de inspección de los mojones o linderos
    de El Limitado, recogiéndose testimonio en un libro de actas. Esta costumbre perdura
    hasta la actualidad, teniendo lugar la inspección en el mes de septiembre.
    138 ARARTEKO. INFORME 1999
    La recaudación de las levas por las que los municipios, en función de su territorio
    y por medio de las diputaciones forales, contribuían a financiar los gastos y dispendios
    de las guerras de la Corona española avivaron las disputas y enfrentamientos entre los
    vecinos de Aramaio y Otxandio. Hasta tal punto que, para evitar males mayores, a
    finales del siglo XIX, las Diputaciones Forales de Álava y Bizkaia, de común acuerdo
    con los ayuntamientos, decidieron acudir a una solución de arbitraje, cuya labor fue
    encomendada a la Diputación Foral de Gipuzkoa.
    El 12 de octubre de 1911 la Diputación Foral de Gipuzkoa hizo suyo el dictamen
    de la Comisión Especial al efecto designada, y se pronunció reconociendo a favor del
    Valle de Aramaiona la jurisdicción y exacción de contribuciones sobre los terrenos del
    punto conocido como El Limitado. Esta resolución arbitral nunca fue reconocida por la
    Diputación Foral de Bizkaia, alegando que la Comisión Especial se había apartado del
    procedimiento pactado, por lo que careció de virtualidad alguna.
    A lo largo de este último cuarto de siglo en diferentes momentos se han producido
    conversaciones entre las administraciones afectadas, pero sin concretarse en ningún
    resultado positivo.
    * * *
    La indefinición administrativa sobre la adscripción territorial de El Limitado da
    lugar a numerosos conflictos, principalmente de orden fiscal. Así, a modo de ejemplo,
    encontramos que este territorio está incluido tanto en el catastro de Aramaio como en
    el de Otxandio, de ahí que tanto la hacienda alavesa como la vizcaína recaben para sí la
    recaudación de los impuestos que gravan los bienes inmuebles, sin tener en cuenta si
    dicho tributo ya ha sido abonado a la Hacienda del otro territorio. También surgen
    conflictos sobre quién es el Ayuntamiento competente para establecer la ordenación
    urbanística o para conceder las licencias de obras, incluso sobre a quién le corresponde
    inspeccionar y sancionar las obras ilegales. Con menos frecuencia se plantean, asimismo,
    otros problemas, como por ejemplo los registrales, al estar de forma aleatoria unas
    fincas inscritas en el Registro de la Propiedad de Vitoria y otras en el de Durango.

    El arateko planteó esto en el 1999. Creo que está todavía sin solucionar.

    Un saludo

  7. #7 Lusitanoi 19 de dic. 2006

    No dia 20 de Maio de 1801, o exército espanhol, num acto de pura traição, toma o concelho de Olivença, usurpando 750 km2 do território de Portugal, incluindo uma das suas vilas mais importantes.

    A Vila de Olivença foi conquista pelos portugueses aos mouros, pela primeira vez em 1166. A sua posse definitiva foi reconhecida em 1297, no Tratado de Alcanises, quando foram fixadas as fronteiras entre Portugal e Castela. Durante mais de 600 Anos a sua população bateu-se contra a investidas de Castela e depois da Espanha (a partir de 1492) para preservar a sua identidade nacional

    Esta usurpação ocorre num momento particularmente dramático para Portugal, dado que vivia sob a ameaça de uma invasão pelo exercito francês. A Espanha aproveita-se desta fragilidade de Portugal, e declara-lhe guerra e num acto de traição, pela força das armas, usurpa um território que não lhe pertencia subjugando uma população indefesa.

    Em 1815, após inúmeras manobras negociais, a Espanha compromete-se a devolver aquilo que havia roubado a Portugal, mas acabou por nunca o fazer. Pelo contrário, iniciaram uma sistemática política de genocídio cultural de uma parte do povo português e de ocultação das marcas de um crime.

    Apropriaram-se de terras portuguesas

    Usurparam património português

    Procuram extinguir lentamente as famílias portuguesas

    Negaram a identidade cultural aos seus descendentes

    Ocultaram nomes e referências históricas de modo a esconderam a usurpação.

    Fizeram tudo isto, também com a conivência de alguns traidores portugueses.



    Não era a primeira vez que a Espanha fazia um genocídio cultural semelhante. Fê-lo quando obrigou à conversão forçada ao cristianismo de centenas de milhares de judeus e muçulmanos. Os que resistiram foram mortos ou fugiram espoliados dos seus bens. Na América Latina, cerca de 70 milhões de Astecas, Maias, Incas e tantos outros povos foram exterminados e de uma forma sistemática esvaziados da sua identidade cultural. O que hoje aqui aí encontramos são povos que perderam o sentido da terra que habitam e dos monumentos que os cercam. Algo semelhante podemos encontrar também em Olivença. Andado pelas ruas da cidade e pelas antigas aldeias portuguesas, o que encontramos são pessoas que reclamam a propriedade de casas, igrejas, monumentos, ruas que foram erigidos por um outro povo com uma outra cultura, a quem carinhosamente tratam por "hermanos". Esvaziados da sua identidade cultural, a que hoje ostentam e se reclamam são as tradições e a fidelidade à cultura do invasor.
    Apenas na Alemanha Nazi e na Ex-União Soviética e na China, no século XX, ocorreram casos semelhantes. É por tudo isto que o caso de Olivença é importante, nomeadamente para compreendermos a forma como se pode exterminar um povo. Olivença pode ser considerado o primeiro caso de genocídio cultural empreendido na História Contemporânea da Europa. Uma das suas novidades reside na forma quase silenciosa como o crime foi perpetrado e ainda hoje é ocultado, o que pode justificar a forma naturalizada como a questão é encarada. Nenhum remorso ou alusão aos milhares e milhares de homens, mulheres e crianças a quem lhes foi negado o direito a uma identidade, à história das suas raízes, sendo que a única que lhes concediam era a do invasor.

  8. #8 Lusitanoi 19 de dic. 2006

    Em 20 de Janeiro de 1801, Espanha, cínica e manhosamente concertada com a França Napoleónica, invadiu Portugal em 20 de Maio de 1801, sem qualquer pretexto ou motivo válido, na torpe e aleivosa «Guerra das Laranjas», ocupando grande parte do Alto-Alentejo. Comandadas pelo «Generalíssimo» Manuel Godoy, favorito da rainha, as tropas espanholas cercam e tomam Olivença.
    Portugal, vencido às exigências de Napoleão e de Carlos IV, entregou a Espanha, «em qualidade de conquista», a «Praça de Olivença, seu território e povos desde o Guadiana», assinando em 6 de Junho o «Tratado de Badajoz», iníqua conclusão de um latrocínio. «Cedeu-se» Olivença, terra entranhadamente portuguesa que participara na formação e consolidação do Reino, no florescimento da cultura nacional, nas glórias e misérias dos Descobrimentos, na tragédia de Alcácer-Quibir, na Restauração!...

    Findas as Guerras Napoleónicas, reuniu-se, com a participação de Portugal e Espanha, o Congresso de Viena, concluído em 9 de Junho de 1815 com a assinatura da Acta Final pelos plenipotenciários, entre eles Metternich, Talleyrand e D. Pedro de Sousa Holstein, futuro Duque de Palmela.

    O Congresso retirou, formalmente, qualquer força jurídica a anteriores tratados que contradissessem a «Nova Carta Europeia». Foi o caso do «Tratado de Badajoz». E consagrou, solenemente, a ilegitimidade da retenção de Olivença por Espanha, reconhecendo os direitos de Portugal. Na Acta Final, apoio jurídico da nova ordem europeia, prescrevia o seu art.º 105.º:

    «Les Puissances, reconnaissant la justice des réclamations formées par S. A. R. le prince régent de Portugal e du Brésil, sur la ville d’Olivenza et les autres territoires cédés à Espagne par le traité de Badajoz de 1801, et envisageant la restitution de ces objets, comme une des mesures propres à assurer entre les deux royaumes de la péninsule, cette bonne harmonie complète et stable dont la conservation dans toutes les parties de l’Europe a été le but constant de leurs arrangements, s’engagent formellement à employer dans les voies de conciliation leurs efforts les plus efficaces, afin que la rétrocession desdits territoires en faveur du Portugal soi effectuée ; et les puissances reconnaissent, autant qu’il dépend de chacune d’elles, que cet arrangement doit avoir lieu au plus tôt».

    Espanha assinou o tratado, em 7 de Maio de 1807 e assim reconheceu os direitos de Portugal. Volvidos 185 anos, o Estado vizinho não deu, porém, provas do carácter honrado, altivo e nobre que diz ser seu, jamais nos devolvendo Olivença.

    http://www.olivenca.org/historiaDeOlivenca.htm

  9. #9 Brigantinus 20 de dic. 2006

    Ahora habría que recordar que cuando los judíos fueron expulsados de los reinos peninsulares, llevaban varias generaciones expulsados de Francia e Inglaterra.
    Y sobre genocidios, no hablemos de los anglosajones (todo el mundo sabe que las reservas y el apartheid fueron inventos españoles, claro) Como en muchas otras realidades, esto de ser más o menos genocida que el vecino es una cuestión de puro marketing. Y los del norte de Europa siempre han sabido venderse mejor. Ventajas de ser los padres del capitalismo.
    Lo de los 70 millones es de traca...

    Una cosa sobre lo de Olivenza: si no recuerdo mal, en los primeros años del siglo XIX España dejó abierta la posibilidad de devolver la localidad a Portugal, previa devolución por parte de Portugal de determinadas zonas en lo que hoy sería Uruguay (no recuerdo si era exactamente la colonia del Sacramento o era otra) La devolución de dicho territorio ultramarino nunca se produjo.

  10. #10 Cogorzota 20 de dic. 2006

    Pues tratando de ceñirme al artículo y contestando a Brigantinus, he de decir que no me extraña lo de Sancho el Fuerte. Lo de Albarracín me suena raro, pues era independiente de ambos reinos con los Azagra desde 1170, con obispo y todo ¿navarros renegados? Jaime I no pudo conquistarlo y tuvo que ser su hijo Pedro (tercero del reino de Aragón, primero del reino de Valencia, segundo conde, con ese nombre, de Barcelona, etc) quien lo hiciera en 1285, finalizando y completando así el actual mapa de Aragón.
    Al año siguiente de que Sancho el Fuerte cortara las cadenas (y trincar el oro del moro) en las Navas de Tolosa, murió el rey aragonés Pedro el Católico en Muret y al igual que Simón de Monfort se apalancó el Aragón del norte, durante la minoría de edad del rey niño Jaime, no veo porqué no iba el navarro a hacer lo propiocon algunas otras plazas.
    Sancho VII y Jaime I firmaron en Tudela (1231) un tratado de prohijamiento (que no llegó a cumplirse), por el que acordaban que aquel de los dos que sobreviviese al otro, ocuparía el reino sin obstáculos.

    Y por ir cerrando lo de Santiago Ramón y Cajal, que no biene muy a cuento tampoco en este artículo, diré como opinión exclusivamente personal, que a estas alturas su aragonesismo queda sobradamente demostrado por el hecho de que el nacionalismo vasco-navarro no lo discute. ¿O si lo discute?

    1852 Día 1 de mayo, nace en Petilla de Aragón (Navarra).
    1854 Traslado a Larrés Nace su hermano Pedro.
    1855 Traslado a Luna
    1856 Traslado a Valpalmas
    1857 Nace su hermana Pabla
    1858 Su padre, Justo Ramón, se doctora en medicina
    1859 Nace su hermana Jorja.
    1860 Traslado a Ayerbe (Huesca)
    1861 Comienza el Bachillerato en Jaca (Huesca)
    1864 Estudia Bachillerato en Huesca
    1865 En Ayerbe conoce el ferrocarril y viaja por primera vez en él.
    1866 Tercer curso de bachillerato en Huesca Mancebo de barbería Abandona los estudios.
    1867 Vuelve a Ayerbe Aprendiz de zapatero.
    1868 Roba cadáveres con su padre y aprende anatomía en un granero
    Primeros contactos con la fotografía/ Descubre la fotografía en Huesca por medio de unos fotógrafos ambulantes
    1869 Termina el bachillerato en Huesca Curso preparatorio de medicina en Zaragoza
    1870 Empieza medicina Traslado familiar a Zaragoza.
    1871 Es nombrado ayudante de disección.
    1872 Profesor ayudante, por oposición de anatomía en la facultad de Medicina.
    1873 Licenciado en Zaragoza Médico militar, teniente, destinado a Burgos el 3 de septiembre
    1874 Asciende a capitán y es destinado a Cuba
    1875 Regresa de Cuba muy enfermo.
    1876 Practicante del hospital Gracia en Zaragoza Ayudante interino de Anatomía
    1877 Doctor en Medicina Profesor auxiliar interino en la Facultad de Medicina de Zaragoza
    Conoce a Aureliano Maestre de San Juan Se compra su primer microscopio “microscopio Verick”
    1878 **Examen a cátedra de Zaragoza y Granada Enfermedad pulmonar que cura en el Monasterio de San Juan de la Peña y el Balneario de Panticosa
    1879 Director de Museos anatómicos Se casa con Silveria Fañanás García, el 19 de julio
    Prepara con su mujer placas fotográficas para vender a fotógrafos
    1880 Publica su primer trabajo científico Nace su hija mayor, Fe
    1881 Segundo trabajo científico
    1882 Nace su segundo hijo, Santiago
    1883 Gana la cátedra de Valencia
    1884 Trasladado a Valencia
    ...

    Para no tener visiones distorsionadas, ¿segamos o arrancamos?

  11. #11 despertaferro 22 de dic. 2006

    Sobre Ademúz (Ademuç):

    Hasta aproximadamente 1260, El Rincón de Ademuz no pasó a pertenecer al entonces Reino de Valencia. Pero el origen de los actuales límites data del acto de donación del Rey Jaume I, del lugar de Arcos de las Salinas al Consejo de Teruel el 17 de junio de 1269.

    Desde ese momento hasta la actualidad la comarca ha sido siempre territorio valenciano. Durante el siglo XIX en dos ocasiones se trató de desvincular al Rincón respecto a Valencia, pero se evitó la separación. El decreto del Rey José I del 17 de abril de 1.810 de nueva organización territorial del Estado en Prefecturas englobaba a la comarca en la Prefectura del Alto Guadalaviar, pero el retorno de los Borbones impidió su entrada en vigor.

    En 1.812, con la nueva división provincial liberal de 1.812, El Rincón pasaba a formar parte de la provincia de Teruel, pero la vuelta al poder de los absolutistas en 1.823 anuló la medida.

    En todo este periodo lo que siempre ha permanecido inamovible ha sido el límite territorial de la comarca, a pesar de que los numerosos errores cartográficos de representación han provocado que durante siglos El Rincón unas veces apareciera unido al territorio valenciano y otras a territorios distintos. Hasta finales del siglo XVIII no existe una correcta representación del Rincón como enclave administrativo.

    Sobre el Turia:

    El nombre de este río está documentado desde época romana ya que lo mencionan, entre otros, Salustio y Pomponio Mela y, con la forma TURIUM, el naturalista Plinio. Cicerón usó incluso el adjetivo "turiensis" para referirse a los alrededores del río Turia. Se trata, pues, de una palabra de origen prerromano y, por tanto, de origen incierto, lo que no ha impedido que se haya especulado abundantemente sobre su etimología.

    Lo único que parece cierto es la relación de Turia con Turiolum, el nombre antiguo de Teruel, lugar donde confluye el río Turia (que hasta aquí suele ser llamado Guadalaviar) con el Alfambra.

    Algunos han supuesto que Turia podría estar relacionado con el vasco "iturri" (‘fuente’). Otra hipótesis lo relaciona con "zuri" que, en el mismo idioma, significa ‘blanco’, lo cual encaja con el hecho de que los árabes lo llamasen Wad-al-abeid ('río blanco', de donde el actual nombre de Guadalaviar) y con el hecho (que cita la Enciclopedia Espasa) de que se le llama también río Blanco. Coromines, sin embargo, en su "Onomasticon Cataloniae" se muestra escéptico ante esta posibilidad ya que observa que el color blanco del río sólo es aplicable a su recorrido por tierras aragonesas (donde, precisamente, se le suele llamar Guadalaviar), mientras que en la huerta valenciana su color es claramente rojizo. Otras hipótesis lo relacionan con el nombre del río Duero, con el del río Thuir o con una raíz iliria TUR- que estaría también presente en el nombre de la ciudad de TURICUM,actual Zürich.

    Por lo que respecta a la posible relación de Turia con Turienzo o Tureno no parece, en principio, demasiado verosímil, ya que, además de la lejanía geográfica, los sufijos presentes en esta palabra inducen a pensar que se trata de antropónimos.

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